Asueto municipal en Santa María

Sociedad07 de agosto de 2025RedaccionRedaccion
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Municipalidad de Santa María

Provincia de Catamarca

Santa María, Catamarca, 6 de agosto de 2025

VISTO:

La conmemoración en honor a San Cayetano; y…

CONSIDERANDO:

Que, la mayoría de la comunidad santamariana, en un claro signo de fe y devoción, participa activamente en las celebraciones programadas en honor a San Cayetano, patrono del pan y del trabajo.-

Que, la fecha recuerda al defensor de los pobres y enfermos, quien fue beatificado por el papa Urbano VIII y en 1671 canonizado por Clemente X. Durante esta jornada, miles de fieles en todo el mundo rezan para pedirle asistencia e intervención para su vida profesional y abundancia económica.-

Que, en la ciudad de Santa María, dicha celebración se llevará a cabo el día 7 de agosto en la capilla que se encuentra ubicada en el barrio que lleva su nombre.-

Que, por la fuerte impronta que representa para el pueblo de Santa María recordar los acontecimientos religiosos y políticos históricos que marcaron su destino, los cuales se traducen en un claro sentimiento de espiritualidad, unidad e identidad compartida, la Municipalidad de Santa María exalta la conmemoración en Honor a San Cayetano, declarando asueto municipal.-

Que, el Ejecutivo Municipal se encuentra facultado para el dictado del presente Instrumento Legal, en virtud de lo establecido en la Carta Orgánica Municipal.-

POR ELLO:

LA SRA. INTENDENTA DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR LEY:

DECRETA

ARTÍCULO 1º: DECLÁRASE ASUETO MUNICIPAL, el día 7 de agosto de 2025, con motivo de la celebración de la festividad en honor a San Cayetano, a partir de horas 12:00.-

ARTÍCULO 2º: INVÍTESE a todas las instituciones públicas y privadas, provinciales y nacionales del medio, a adherirse al presente Decreto.-

ARTÍCULO 3º: ENTRÉGASE copia del presente Instrumento Legal al Concejo Deliberante de la ciudad.-

ARTÍCULO 4º: TOMEN conocimiento todas las áreas de la Municipalidad de Santa María, a sus efectos.-

ARTÍCULO 5º: Comunicase, Publicase, Dase al Registro Oficial, Cumplido, ARCHIVASE.-

DECRETO N° 263/2025.-

Aclaracion:  Si las  instituciones se quieran sumar o aderir lo pueden hacer, a partir de las 12 del mediodía. 

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