
COVID19: Amplían actividades exceptuadas y endurecerán los controles sanitarios
San José informa sobre las nuevas actividades exceptuadas.
San José20 de abril de 2020



El COE para la prevención de Coronavirus y Dengue informa que el Gobierno nacional ha decidido ampliar las actividades exceptuadas en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio.


Desde el COE explicaron que la provincia de Catamarca sigue las medidas nacionales sobre el aislamiento. En este sentido, enfatizaron que esta decisión “no termina con las medidas de prevención para evitar contagios masivos de COVID19”.
Las autoridades detallaron que, en trabajo conjunto con los intendentes, se endurecerán los controles sanitarios realizados por las fuerzas de seguridad y las áreas de Inspección de cada municipalidad para supervisar el cumplimiento de la cuarentena.
“Este es un momento decisivo para todos en la lucha contra el coronavirus. Todo el trabajo y esfuerzo que se realizó en las últimas semanas tiene que ser defendido por cada catamarqueño asumiendo con un altísimo grado de responsabilidad las nuevas medidas dispuestas por el Gobierno nacional. Un punto tiene que quedar totalmente claro: esto no es una salida de la cuarentena, sino una administración de las actividades exceptuadas para oxigenar a los trabajadores y dar respuestas necesarias a la gente”, aseguraron los referentes del COE.
Las nuevas actividades exceptuadas son:
1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
2. Oficinas de rentas de las PROVINCIAS, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico,venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.
5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
7. Ópticas, con sistema de turno previo.
8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
10.Producción para la exportación, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
11.Procesos industriales específicos, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.



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