
Ambiente informa sobre especies de puma en Catamarca
La Secretaría de Estado del Ambiente y Desarrollo Sustentable de la provincia, que conduce el CPN Armando Zavaleta, a través de la Dirección de Biodiversidad a cargo del ingeniero Marcos Bustos Cabanillas, pone en conocimiento a la comunidad en general sobre la disposición local en lo que se refiere al felino “león americano”.
Sociedad10 de marzo de 2016



El puma, que si bien entraría en la categoría de “animal peligroso”, no suele atacar al hombre. Difícilmente una persona se tope con un ejemplar, ya que por lo general escapan de su presencia. Algunas historias lo refieren como “amigo del hombre”, a pesar que se han producido algunas embestidas de ejemplares viejos, cebados o criados en cautiverio y después de devueltos al medio natural.
Ocasionalmente puede atacar animales domésticos en áreas donde las posibilidades de alimento han disminuido -es un gran cazador y depredador de emboscada-. En Catamarca lo podemos encontrar en todo el territorio provincial, a pesar de que su avistaje es mucho menor con respecto a años anteriores.
Las especies que habitan en la provincia son dos: el puma concolor y el yogouaroundi. La dieta del primero incluye vizcachas, quirquinchos y corzuelas, guanacos, ciervos colorados, chanchos del monte, potrillos, terneros, ovejas y grandes roedores, entre otros tantos. Este felino es el de mayor tamaño en América después del jaguar, y su aspecto es fuerte y musculoso con movimientos ágiles y elásticos. Merodeador nocturno y solitario, habita en montes, bosques, cerros y áreas rocosas hasta los cuatro mil metros.
Por su parte, el Yogouaroundi es de menor tamaño y de pelaje pardo a negro. Se alimenta mayormente de animales pequeños como gallinas, roedores e insectos.
Ambos son muy perseguidos, y es muchos casos son víctimas del mascotismo ya que se crían de cachorro y luego se convierten en potencial peligro. En la provincia, si bien son especies protegidas por la secretaría en cuestión, solo se permite la caza del concolor para control por daños a la actividad ganadera previa autorización del organismo de la dirección de Biodiversidad:
“Solamente se permite la caza de control por daños a la actividad ganadera. Para ello, los productores o las personas a que ellos encarguen su control deberán obtener previamente el permiso de caza y un precinto de identificación que será entregado por la Secretaría de Estado del ambiente y Desarrollo Sustentable.
Por último, el comunicado resalta que “en ningún caso se habilita el uso de trampas, cebos tóxicos o venenosos” y que “solo se permite el uso de armas de fuego”.





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