Comienza la temporada de caza 2017-2018

La Dirección Provincial de Biodiversidad informa que se encuentra Vigente la Disposición D.P.B. Nº 012/17 que habilita la apertura de la TEMPORADA DE CAZA DEPORTIVA desde el 01 de Mayo de 2017, finalizando la misma el 31 de Julio de 2017.

Sociedad01 de mayo de 2017Valle CalchaquíValle Calchaquí
Vizcacha-vizcacha

La misma incluye a las siguientes especies y cantidades:

·         INAMBÚ MONTARAZ

Con un  cupo de tres (3) ejemplares por excursión de uno o más días, en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.

·         GUAIPO

Con un cupo de tres (3) ejemplares por excursión de uno o más días en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.

·         INAMBÚ SILBÓN

Con un cupo de tres (3) ejemplares por excursión de uno o más días en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.

·         INAMBÚ COMÚN

Con un cupo de tres (3) ejemplares por excursión de uno o más días en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.

·         INAMBÚ PÁLIDO O RUBITA

Con un cupo de cuatro (4) ejemplares por excursión de uno o más días en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.

·         VIZCACHA

Con un cupo de dos (2) ejemplares por excursión, en los Departamentos Paclín, Ambato, Ancasti, Capayán y La Paz.

Así mismo, se autoriza también, la caza durante todo el año (desde el 1 de Mayo de 2016 hasta el  30 de Abril de 2017) de las siguientes especies y cantidades:

·         LIEBRE EUROPEA

Con un cupo de quince (15) ejemplares por excursión de uno o más días en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.

·        COMADREJA COMÚN Con un cupo de dos (2) ejemplares por excursión de uno o más días en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.

·         ZORRO GRIS CHICO

Con un cupo de dos (2) ejemplar por excursión de uno o más días en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.

·         PALOMA  DOMESTICA

Sin cupo de piezas en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.

·         PALOMA PICAZURO Sin cupo de piezas en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.

· PALOMA MANCHADA   Con un cupo de treinta (30) ejemplares por excursión de uno o más días en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.

·         TORCAZA (Zenaida auriculata)

Sin cupo de piezas en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.

·         CALANCATE COMÚN

Con un cupo de cinco (5) ejemplares por excursión de uno o más días en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.

·         LORO BARRANQUERO

Con un cupo de cincuenta (40) ejemplares por excursión de uno o más días en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.

·         IGUANA COLORADA

Con un cupo de dos (2) ejemplares de uno o más días en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.

·        COTORRA ARGENTINA

Con un cupo de cincuenta (50) ejemplares en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.

ACLARACIÓN:

  Toda especie que NO se encuentre en las listas anteriormente descriptas están TERMINANTEMENTE PROHIBIDAS PARA LA CAZA, y se encuentran Protegidas mediante la misma Disposición D.P.B.
Está expresamente PROHIBIDA la CAZA NOCTURNA, *a excepción de la caza de Vizcacha (Lagostomus maximus).
 
Quien realice esta actividad debe contar con el PERMISO DE CAZA DEPORTIVA expedido por la Dirección Provincial de Biodiversidad, cuyos requisitos son:

Permiso anual: Ser mayor de 18 años de edad, 1 (una) foto carnet 4x4, Fotocopia de DNI (que acredite residencia en la Provincia de Catamarca).

PESOS DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 200,00). JUBILADOS: PESOS CIENTO CINCUENTA CON 00/100 ($ 150,00)

§  Permiso provisorio (válido por 3 días -o 4 para fines de semana largos-): Ser mayor de 18 años de edad, Fotocopia de DNI.

Para residentes de la Provincia de Catamarca: PESOS CIENTO CINCUENTA CON 00/100 ($ 150,00).

Para residentes de otras Provincias: PESOS DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 200,00).

Para extranjeros: PESOS MIL CON 00/100 ($ 1000,00).

·         El MÁXIMO TOTAL DE PIEZAS POR EXCURSIÓN entre todas las especies obtenidas por cazador para la Temporada entre el 01 de Mayo de 2017 y el 31 de Julio de 2017 es el equivalente a 15 piezas, salvo las especies que poseen un cupo mayor de caza.

·         Quedan terminantemente PROHIBIDOS PARA LA CAZA, el uso de trampas, redes, jaulas, cepos, cebos, veneno, animales llamadores y otros con idéntica finalidad.

Para mayor información y adquisición de Permisos dirigirse

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE BIODIVERSIDAD

Pabellón 22 - C.A.P.E. - Av. Venezuela s/Nº - Te.: 4437982/4459000 int. 2816

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