Extensión de la Etapa Amarilla de Convivencia

“los Municipios no podrán autorizar la realización de actividades y/o eventos diferentes a los establecidos para cada una de las etapas de convivencia, debiendo dar estricto cumplimiento a las condiciones y horarios allí fijados”.

Sociedad 31 de marzo de 2021 Valle Calchaquí D Valle Calchaquí D
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   Aclaración: Además, se determinó que todas las personas que ingresen a la provincia deberán tener autorización y realizarse un testeo para detección de COVID-19 obligatorio según criterio de la autoridad sanitaria. El mismo podrá ser antígeno o PCR. 

   El Poder Ejecutivo Provincial, a través del Decreto Nº 612, establece la extensión de la Etapa de Convivencia Amarilla -denominada Alerta Vigilancia Epidemiológica- por el plazo de quince días, a partir del viernes 2 de abril de 2021.

   El decreto establece la restricción para circular en todo el territorio provincial de lunes a jueves en el horario de 01:00 a 06:00 horas, mientras que los días viernes, sábados y domingos la circulación se extenderá hasta las 02:00 horas. Asimismo, determina la prohibición para circular entre Municipios en el horario de 00:00 a 06:00 horas.

   Por otra parte, el nuevo instrumento establece que todas las personas que ingresen a la Provincia de Catamarca deberán contar con la autorización emitida por el Ministerio de Seguridad, la que se tramitará en la página oficial: https: //ingreso.catamarca.gob.ar, y además se les realizará testeos para la detección del virus COVID-19 ya sea al momento del ingreso o dentro de las 72 horas de producido el mismo, conforme los procedimientos que establezca la autoridad sanitaria provincial.

   Por último, el Ejecutivo Provincial mantiene la disposición mediante la cual “los Municipios no podrán autorizar la realización de actividades y/o eventos diferentes a los establecidos para cada una de las etapas de convivencia, debiendo dar estricto cumplimiento a las condiciones y horarios allí fijados”.

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