Medidas del Ministerio de Vivienda y  Urbanización ante la Emergencia Sanitaria 

En virtud de la Emergencia Sanitaria decretada en todo el país, y a la cual ha adherido nuestra Provincia incluso con medidas preventivas ajustadas a nuestra administración para evitar la propagación del COVID-19 y Dengue, y de acuerdo a las recomendaciones del Ministerio de Salud de nuestra Provincia, el Ministerio de Vivienda y Urbanización resolvió tomar medidas urgentes para evitar los contagios. 

Sociedad 18 de marzo de 2020 Valle Calchaquí D Valle Calchaquí D

Se dispuso que no deban asistir al lugar de trabajo:

 * Las/los trabajadoras/es mayores de 60 años.

* Las mujeres embarazadas.

* Las personas con diagnóstico positivo de COVID-19.

* Las personas que hayan regresado de un viaje al exterior en los últimos 15 días.

* Las personas que estén incluidas en grupos de riesgo por edad o enfermedades crónicas.

* Las personas que atraviesen un cuadro sospechoso de COVID-19.

* Las personas que hayan tenido contacto estrecho con quien atraviese un cuadro sospechoso de COVID-19.

* Aquellos/as empleados/as que tengan a sus hijos en edad escolar y que requieran la presencia de sus madres o padres en el domicilio para su cuidado. Deben presentar la solicitud ante la Jefatura de Recursos Humanos para su posterior aprobación por parte de la Dirección Provincial de Gestión de Administración y Recursos Humanos. En caso de que madre y padre sean trabajadores del Ministerio, deberán coordinar la rotación, con la misma carga horaria para ambos, con la Jefatura de Recursos Humanos a modo de asegurar el correcto desenvolvimiento de las tareas.

Recordamos que no se trata de una licencia por vacaciones, sino que todo lo dispuesto por el Ministerio requiere cumplimiento efectivo de permanencia en sus hogares, que podrá ser controlado por las Jefaturas correspondientes en coordinación con la Dirección Provincial de Gestión de Administración y Recursos Humanos. Eventualmente el Ministerio podrá también disponer de la modalidad de trabajo remoto cuando se requiera necesario.

 En caso de haber regresado de un viaje desde áreas con circulación y transmisión de coronavirus desde el 24/2/2020, o desde cualquier otro país, dar aviso inmediatamente al responsable del Sector y a la Jefatura de RRHH a efectos de recibir instrucciones, antes de presentarse a trabajar.

 Atención al público

En cuanto a la atención al público, se establece que a partir del día 18 de marzo y hasta el día 31 de marzo del año 2020, el Ministerio de Vivienda y Urbanización, sólo atenderá al público que cuente con turno previo asignado.

Excepcionalmente, y en casos de urgencia debidamente acreditados, se otorgarán turnos mediante las cuentas oficiales de Instagram y Facebook, y en la web oficial www.viviendacatamarca.gob.ar.

El alcance de la medida incluye tanto a beneficiarios, proveedores, contratistas y público en general.

Te puede interesar
Lo más visto